sábado, 30 de abril de 2011

Ernesto Sábato, defensor de los Derechos Fundamentales

A pesar de que este blog, como sabéis, trata sobre libertad ideológica, religiosa y de culto, me parece importante hacer mención a la muerte de Ernesto Sábato esta madrugada.
 Este escritor argentino, a parte de ser autor de obras de gran importancia literaria como "sobre héroes y tumbas", también ha destacado por su lucha por la defensa de los derechos fundamentales. En un primer momento participó en una comida con el general Jorge Videla pero más adelante y al percatarse de los abusos que este cometía contra los derechos humanos, se comprometió contra la dictadura militar entre 1973 y 1983.
Terminada la dictadura, Ernesto Sabato recibió el encargo del primer presidente democrático, el radical Raúl Alfonsín, de formar parte de la recién creada CONADEP(Comisión general de la desaparición de personas). El equipo de investigación de la Comisión recogió el testimonio y documentó minuciosamente 8.960 desapariciones y la existencia de 340 centros de detención ilegal y tortura. El informe titulado "Nunca más", pero conocido también sencillamente como Informe Sabato, fue entregado a Alfonsín en un acto inolvidable para la inmensa mayoría de los argentinos, el 20 de septiembre de 1984, y dio origen al procesamiento y condena de los máximos responsables de las juntas militares de la dictadura, que fueron enviados a la cárcel. Sabato se opuso siempre a las leyes de Punto Final y a los posteriores indultos concedidos por el peronista Carlos Menem.

Fuente: El País, 30 de Abril, 2011

martes, 26 de abril de 2011

Represión en Beijing

Expresión a través de la música

Con respecto a la libertad religiosa que trato en este blog, me parece interesante informar acerca de dos géneros musicales antagónicos que guardan relación con el cristianismo pero, eso si, visto desde puntos de vista opuestos. 
En primer lugar, el BLACK METAL. El black metal es un género musical que surge en los años 80 a raíz de un sentimiento de anticristianismo difundido en Europa; especialmente en los países escandinavos. Este odio se vio exteriorizado en la quema de Iglesias cristianas. Sus letras tratan temas desde el odio o la violencia hasta la misantropía o el satanismo.
Por otra parte, el UNBLACK METAL; estilo musical que promueve el cristianismo. Surge en los años 90 como género pionero ya que hasta entonces el black metal transmitía hostilidad hacia esta religión y aquellos que la profesan. El unblack metal, al contrario, crea música antisatánica y moralizante.
De esta forma se ponen de relieve dos posturas diferenciadas con respecto a la religión. Los grupos se  expresan libremente por medio de la música, otro medio de difusión de ideales.

Objeción de conciencia

He de hablar hoy de una de las formas de libertad ideológica como es la OBJECIÓN DE CONCIENCIA. Se trata esta del incumplimiento de determinadas normas jurídicas por considerarse contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona. Algunos de los supuestos más destacados son la objeción de conciencia militar o sanitaria.
A esta última haré referencia. En primer lugar, decir que la dispensión de asistencia sanitaria incide sobre derechos fundamentales como son la libertad religiosa e ideológica. Así mismo, se plantean conflictos entre la libertad personal de una persona y la protección de su vida (eutanasia). También puede afectar la dispensación de atención sanitaria a terceros, como en el caso del aborto.
No obstante, la objeción de conciencia es un derecho fundamental que puede ejercer cualquier persona y, por este motivo, ninguna otra deberá inmiscuirse en una decisión tomada por objeción de conciencia. Y digo esto basándome en una sentencia en la que un juez dictaminó en contra de un médico el cual ejerció este derecho en el momento en que una mujer acudió a él para abortar y este se negó debido a un conflicto moral. En mi opinión, no fue correcta su actuación ya que ¿quién mejor que el, conocedor del sistema judicial,  sabe que no es quien para intervenir en esa materia? 
Debemos, insisto, respetar los conflictos ético-morales e incluso religiosos de cualquier ser humano.
 Libertad ideológica, de eso se trata
Este es el enlace al que podéis acceder para visualizar la noticia completa:
http://www.simeg.org/noticiasanteriores/noticias2011/documents/RM-18-04-11-2.pdf

miércoles, 20 de abril de 2011

En peligro

¿Estan en peligro los cristianos en el mundo? Un estudio da a conocer que en Sudán por ejemplo, “miles de cristianos han sido masacrados y el gobierno fundamentalista ha hecho poco para protegerlos”. En Irak “la situación es grave: los cristianos no tienen una propia milicia con la cual defenderse, las facciones sunitas y chiítas los acusan de colaborar con los “cruzados” estadounidenses y entre los cientos de secuestros de este año hay un número creciente de cristianos”.

El último año en Pakistán fueron asesinados por lo menos setenta cristianos. “En Turkmenistán, Uzbekistán y Tayikistán los cristianos que pertenecen a la Iglesia Ortodoxa Rusa son con frecuencia mal vistos: en estas tres repúblicas de la ex Unión Soviética, los predicadores mu5ulmanes “bajo la influencia de Al Qaeda”, presentan a los cristianos como brazos de una religión que está estrechamente asociada al colonialismo occidental y piden para ellos la expulsión”.

   Corea del Norte, China, Etiopía, Nigeria y Uganda son otros de los países donde los cristianos son perseguidos. En Corea del Norte ya se habrían enviado cerca de  50 mil cristianos a campos de trabajo por causa de sus creencias.

   China también se destaca en perseguir a los cristianos. Unas 40 mil personas atraviesan esa situación.
   Son mencionados al final de este informe los palestinos cristianos y su creciente persecución debido a la progresiva radicalización de las masas islámicas en Medio Oriente.

Constitución Española

La libertad ideológica, religiosa y de culto está regulado en el artículo 16 en el cual reza:


1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.


Fuente: Noticias jurídicas